Tema

DESCRPCION DEL PROBLEMA

La Dirección de Tránsito y Transporte, a través del artículo 3 del código Nacional de Tránsito, Ley 769 del 2002; recibe la facultad como autoridad de tránsito en el país, teniendo dentro de sus competencias la ejecución de actividades de control del tráfico, prevención en la ocurrencia de accidentes de tránsito e imposición de órdenes de comparendo a conductores responsables de la comisión de infracciones al tránsito y al transporte.
 
Esta actividad operativa establece como finalidad resolver las necesidades ciudadanas de seguridad de manera objetiva, oportuna, preventiva, restaurativa en los derechos colectivos e individuales, con calidad; en este mismo sentido y de manera complementaria el Plan Integral para la Seguridad del Ciudadano, “Corazón Verde”, de la Policía Nacional, encargan a la Dirección de Tránsito y Transporte a través de la Estrategia Institucional de Seguridad Vial –ESEVI, la responsabilidad de consolidar la seguridad en las carreteras nacionales y vías interdepartamentales, acciones dirigidas hacia mejorar la movilidad, prevenir la accidentali­dad, brindar asistencia técnica y humana a los usuarios de las vías con la finalidad exclusiva de consolidar la seguridad ciu­dadana.
 
Aunque los objetivos propuestos son suficientemente claros para definir el marco de acción de la Policía de Tránsito en Bogotá, el estudio realizado por la Agencia de Cooperación Internacional de Japón-/, sobre el Plan Maestro de transporte en Bogotá en 1996, estableció que el crecimiento del parque automotor fue para la época de 2.3 veces el crecimiento en 1995, pronosticando desde hace 20 años los problemas de movilidad que se viven en la actualidad, especialmente en las vías como la Avenida Ciudad de Quito, Carrera Séptima y Avenida Caracas,  donde la reducción de la velocidad de cada  viaje es muy baja respecto al número de vehículos que las ocupan y desestimando la  finalidad de descongestión para las cuales fueron concebidas; situación que desborda la capacidad de los uniformados responsables del control del tráfico, dificultando además su contribución frente la consolidación de la seguridad y convivencia ciudadana.
 
Es de esta manera que el descontento de los comerciantes, peatones y de quienes se movilizan en vehículo a través de la Avenida Caracas es generalizado,  definiendo como escazas las medidas adoptadas por la administración distrital para resolver los problemas de seguridad derivados de la movilidad, más aun teniendo en cuenta la congestión vehicular agrava cada vez más el problema y trae consecuencias no solo de tipo social sino económico que afectan su calidad de vida.
 
Los contextos de actuación operativa descritos anteriormente, permiten abordar el planteamiento sobre: ¿Cómo influye la movilidad de la Avenida Caracas entre la Calle sexta y trece en los problemas de seguridad y convivencia ciudadana de ese sector?; en el mismo sentido ¿De qué manera podría la Policía intervenir esta jurisdicción para garantizar de manera permanente la seguridad, bienestar y tranquilidad  de la comunidad de este sector?

JUSTIFICACION:

La Policía Nacional en su obligación constitucional de servir a la comunidad, promover la prosperidad general y garantizar la efectividad de los principios, derechos y deberes; está comprometida con mantener una alineación estratégica con las políticas de gobierno, para ofrecer a la comunidad servicios con calidad, legitimidad, transparencia y alto grado de confianza.
 
Este compromiso permanente con el gobierno y con el país, ha definido que la Policía Nacional promueva la realización de actividades y mecanismos innovadores, cuyo objetivo ha sido el de incidir positivamente sobre el derecho constitucional a la libre movilidad por la por las vías, coadyuvando a  la sanción de infractores y en la generación de ambientes seguros.
 
Es de esta manera, como la Policía Nacional  asume los compromisos planteados en el  decreto 657 de diciembre de 2013, en cual  la Alcaldía de Bogotá expidió el Plan Integral de Convivencia y Seguridad Ciudadana PICSC para Bogotá. Cuyo objetivo primordial  corresponde a establecer los lineamientos para la formulación de los planes locales, pretendiendo además fortalecer la alineación con el gobierno nacional, al establecer textualmente “(…) La Política Pública Distrital de Convivencia y Seguridad Ciudadana se deberá articular transversalmente con la Política Integral de Defensa y Seguridad de la Nación”.
 
A pesar  que el contexto sobre el cual se formuló citado decreto, fue el establecer, evaluar y controlar los Planes Integrales de Convivencia y Seguridad Ciudadana –PICSC- del orden local; la Administración Distrital no incluyo en su estructuración las consideraciones planteadas por la Policía Nacional en laEstrategia Institucional De Seguridad Vial y sus componentes para una  operacionalización efectiva del servicio de Tránsito y seguridad en la Ciudad;  en esta estrategia se tuvieron en cuenta el despliegue de los objetivos a partir del desarrollo de seis componentes.
 
Objetivo General
 
 
Promover la movilidad con seguridad en la Avenida Caracas entre las Calles 6 y 13 a través de la restructuración del servicio de Policía de Tránsito y del ajuste de ajuste de los sistemas de control vial.
 
 
Objetivos Específicos
 
 
·           Suministrar a través del despliegue de la Estrategia de Seguridad Vial, elementos de valor a la Alcaldía de Bogotá y al Comandante de la Seccional de Tránsito y Transporte,  para lograr el fortalecimiento de controles coordinados y conjuntos tanto preventivos como operativos con el fin de disminuir la posibilidad de materialización hechos delictivos.
 
·           Adecuar los componentes de la Estrategia de Seguridad Vial de Disuasión y Coordinación Interinstitucional de acuerdo a la problemática de criminalidad de la zona adyacente a la Avenida Caracas entre las Calles 6 y 13.
 
·           Identificar patrones de comportamiento de delincuencia común, que permitan anticipar escenarios futuros de afectación.  
 

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